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Salud: capítulo laboral en la federalización

Gustavo Leal F. *

Septiembre 30 de 2023

El presidente AMLO y Zoé Robledo, titular del IMSS, disponen de tiempo para corregir este relevante asunto. Traspuesto el covid-19, desaparición del Insabi y creación del órgano público descentralizado OPD-IMSS-Bienestar, el inexistente diálogo anunciado por Robledo con los trabajadores afectados y su oferta de asambleas informativas (15/3/2022) culminó apenas documentando las decisiones tomadas (desde la STPS): ubicarlos en el apartado B del artículo 123 constitucional y (desde la SHCP) compactarles sensiblemente a la baja sus condiciones generales de trabajo (CGT) del OPD, respecto a las de la Ssa.

La creación del OPD (31/8/2022) no cumplió inmediatamente la oferta presidencial sobre la basificación (6/8/2022). Robledo recurrió al Programa-IMSS-Bienestar originario (PIB) otorgando bases móviles –con cambios de turno cada cuatro meses– dentro del contrato colectivo de trabajo-IMSS, sin las prestaciones integrales de los trabajadores del régimen ordinario-IMSS. Así que los equipos de salud perciben salarios globales integrados inferiores a los del OPD-IMSS-Bienestar.

Esta basificación generó inconformidades entre trabajadores de Nayarit, Guerrero, Sonora, Sinaloa y CDMX, quienes demandaron garantías sobre los nombramientos de base definitivos y reconocimiento de los años de servicio prestados en los sistemas estatales de salud. A partir del primero de septiembre pasado, el OPD atendió la demanda vía el otorgamiento de bases federales (sin turno-polivalencia) y con impacto pensionario (Pensionissste), con lo que se fortaleció el cuadro nacional de bases desiguales dentro del mismo sector salud.

A la prioridad de la demanda de bases definitivas hay que agregar la pérdida de derechos para los equipos de salud por la compactación a la baja de las CGT del OPD-IMSS-Bienestar en relación con las CGT de la Ssa (todas dentro del apartado B) y que, sumando los tres componentes tabulares del salario global integrado, comportan una pérdida neta para todas las categorías que laborarán en el OPD (médica/os, enfermera/os, trabajadoras/es sociales y profesiones afines) de entre 13 y hasta 36 por ciento con la premisa de tener un solo trabajo.

Además, por las CGT, los trabajadores del OPD (respecto a las de la Ssa) no cuentan con descanso y pago quincenal por alto/mediano/bajo riesgo, sino sólo descanso adicional vía Ley de premios, estímulos y recompensas civiles. Tampoco recibirán vales de despensa mensuales por productividad ni pago trimestral por puntualidad. Tendrán Día del Trabajo, pero no recibirán mil 550 pesos en vales. El Día de las Madres sólo tendrán una jornada de descanso sin recibir mil 550 pesos más. Tampoco recibirán mil 550 pesos para juguetes (Día de Reyes), sino sólo 500. Se les proporcionarán anteojos de línea económica en ópticas IMSS-Bienestar, en vez de recibir mil 200 pesos.

También desaparecen, tanto el estímulo económico para elevar la calidad en la productividad vía asistencia perfecta, como el estímulo económico por asistencia/permanencia en el trabajo a cambio de diplomas, constancias, menciones honoríficas, notas buenas o 10 días de vacaciones extraordinarias, siempre y cuando se cumpla la Ley de premios, estímulos y recompensas civiles. Las licencias personales anuales –otorgadas a partir de un año de antigüedad con incremento anual– se otorgarán ahora hasta cumplir cinco años de servicio y sólo se podrán volver a solicitar hasta cinco años después. Y, en vez de otorgar la entrada –con tolerancia de 15 minutos o por retardo menor y mayor sin afectación en el salario–, el Reglamento de Puntualidad y Asistencia del OPD-IMSS-Bienestar descontará, por llegar tarde, los pocos estímulos económicos que otorga a partir del minuto seis después de la entrada. Tampoco hay certeza de que queden inscritos en el Fondo de Ahorro Capitalizable (Fonac).

Lo anterior establece una marcada división entre todos los trabajadores con base definitiva. Primero están los profesionales de la salud del régimen ordinario-IMSS; seguidos, en segundo lugar, por los de Ssa, donde el reconocimiento a la profesionalización para alcanzar nivel licenciatura/posgrados (en diversas profesiones) se representa por categorías superiores. En tercer lugar, están los trabajadores basificados de la Sedesa-CDMX. En el cuarto lugar están los trabajadores basificados del OPD-IMSS-Bienestar con sueldos base tabulares homologados con las categorías más bajas de pie de rama de la Ssa y prestaciones homologadas con la Ssa, pero disminuidas respecto a las CGT de la Ssa. En quinto lugar, se ubican los trabajadores de base del PIB originario con sueldos base tabulares debajo de la Ssa y sin el 100 por ciento de las prestaciones del régimen ordinario-IMSS. Finalmente, en sexto lugar, aparecen aquellos trabajadores que no alcancen base definitiva contratados como eventuales y sin prestaciones.

A trabajo igual, salario igual. Urge que AMLO y Zoe Robledo tomen cartas para homologar al alza ésta marcada división entre todos los trabajadores con base definitiva de la federalización.

* UAM-X

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