Notas ImportantesNuevo León

Vecinos de San Pedro Garza García, Nuevo León, se oponen a declaraciones de Guillermo Haro Bélchez de PROFEPA…

RAÚL A. RUBIO CANO

Noviembre 6 de 2017

 

El 4 de noviembre, más de una veintena de organizaciones de la sociedad civil que integran a vecinos del municipio de San Pedro, difundieron un posicionamiento sobre las declaraciones del doctor Guillermo Haro Blechez, Procurador Federal de Protección al Ambiente publicadas en varios medios de la localidad el pasado sábado, donde la denuncia ciudadana sobre “ecocidio urbano” por el proyecto de puente peatonal en las calles de Río Missouri y Calzada San Pedro, interpuesta el anterior martes en delegación de PROFEPA en la entidad, el funcionario consideró que no es de su incumbencia y será tramitada al municipio sampetrino. Los indignados vecinos señalan que Haro Blechez: “1. Violenta el Principio del debido proceso, ya que el funcionario, sin tener documento a mano ni sentencia debidamente constituida, expresa por intuición que existe ya algo resuelto, esto sin demostrarlo ante los medios. 2.- Violenta el Principio de Certeza Jurídica, ya que, a pesar de no existir labores procesales en días y horas hábiles, de su propia iniciativa emite comunicado sin fundamento ni motivación carente de resolución física o material alguna. 3.- Violenta el Principio de Legalidad, al desatender sus facultades de ombusman que procura la protección del ambiente y burocráticamente se desentiende del tema auto-designándose incompetente. 4.- Violenta el Principio de Congruencia, ya que sin tener posibilidad de convocar a la sociedad que representa, particulariza su actividad como si fuera un entretenedor social y sin ser un artista de los medios convoca a rueda de prensa para emitir opiniones y resoluciones arbitrarias que deben estar respaldadas en principios normativos y demostrar sus facultades y las facultades del municipio violentando la garantía de audiencia de los vecinos quejosos, resolviendo y notificándole a éstos en los medios de comunicación en una forma ilegal, arbitraria y absurda. 5.- Violenta el Principio Constitucional de respetar y hacer respetar los límites a que todo funcionario está obligado, no pudiendo hacer más que lo que la misma ley le señala; y en este caso, legisla y le otorga atribuciones al municipio sin que éstos tengan dicha facultad debidamente expresa en la Constitución, máxime que son el ente del que los suscritos vecinos nos quejamos. 6.- Violenta la Ley Federal de Responsabilidad de Servidores Públicos que somete a una verdadera contraloría de sus actos, ya que es imposible salirse de la esfera en la que señala su grado de comprensión y respeto al Medio Ambiente, en vista de que él lo ha declarado públicamente en diversas revistas de derecho ambiental que a la letra dice: “Esta Procuraduría por primera vez está ejerciendo una facultad de gran trascendencia que nos permite después de haber realizado la INVESTIGACIÓN correspondiente, recomendar a las autoridades estatales, del Distrito Federal y de los municipios para promover la realización de acciones necesarias en el ámbito de sus competencias: Cumplir con la legislación ambiental.” Entrevista de Salvador E. Muñuzuri Hernández a Dr. Guillermo Haro Bélchez, en revista Derecho Ambiental y Ecología Pág. 29.” (Continuará) raurubio@gmail.com

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